¿Acabas de chocar?
Si alguien está herido, llama al 9-1-1. Después, avisa a la Policía y guarda el número de querella.
En corto
- Detente sin obstruir el tránsito, ayuda a los heridos y llama al 9-1-1 si alguien está lesionado.
- Avisa a la Policía de inmediato: si no investigó en la escena, la ley da un máximo de 4 horas. Guarda el número de querella.
- Intercambia nombre, dirección y registro del vehículo, y llenen el Informe Amistoso de Accidente.
- Tienes 15 días para entregar el Informe Amistoso a tu aseguradora y para reclamar a la ACAA si hubo lesiones, y un año para reclamar al compulsorio.
En el lugar del accidente
- Detente. La ley exige parar de inmediato en el lugar, sin obstruir el tránsito. Si se puede, no dejes el carro estacionado donde estorbe y espera en un lugar seguro.
- Ayuda a los heridos. La ley pide prestarles ayuda, incluso llevarlos a un hospital, salvo que sea peligroso o que la persona no lo quiera. Si hay lesionados, llama al 9-1-1.
- Intercambia información. Da tu nombre, tu dirección y el número de registro del vehículo. Si te lo piden, muestra tu licencia de conducir y la información de tu seguro compulsorio.
- Si chocaste un carro sin nadie o una propiedad, deja tus datos en un lugar visible y avisa a la Policía sin demora.
Irte del lugar sin cumplir estas obligaciones conlleva multas, la revocación de la licencia y hasta cárcel, con penas más severas si hubo heridos.
Teléfonos útiles
- Emergencias y heridos: 9-1-1
- Lesiones en accidentes de tránsito (ACAA): 787-759-8989
- Orientación sobre el compulsorio (Asociación de Suscripción Conjunta, ASC): 787-622-4242 o WhatsApp 787-999-4242
- Quejas contra una aseguradora (Oficina del Comisionado de Seguros): 787-304-8686 o 1-888-722-8686
- Tu póliza con nosotros (Seguros Ezquerra): 787-774-0439 o WhatsApp 787-368-8957
Avisa a la Policía
Si el accidente causó daño a otra persona o a la propiedad de otro, y la Policía no investigó en la escena, la Ley de Vehículos y Tránsito exige informarlo en el cuartel más cercano en un plazo que no pase de 4 horas. Para reclamar al compulsorio, la OCS pide que el accidente se haya informado dentro de 48 horas. Lo más seguro es avisar de inmediato.
Guarda el número de querella: lo vas a necesitar para el Informe Amistoso, para tu aseguradora y para la ACAA.
El Informe Amistoso de Accidente
Es el formulario oficial que llenan los conductores después de un choque, sin importar qué seguro tengan. Lo encuentras en la página de la OCS o con tu aseguradora. Mucha gente le dice «acuerdo amigable», pero su nombre oficial es Informe Amistoso de Accidente.
- Cada conductor describe su versión y lo firman los dueños de los vehículos. Cada parte se queda con una copia.
- No sustituye la querella de la Policía. El formulario pide el número de querella.
- Entrégalo a tu aseguradora dentro de 15 días, con el número de querella.
- Llenarlo no implica aceptar la culpa. El mismo formulario indica que no discutas su contenido excepto con un representante de tu aseguradora.
Para el compulsorio, la responsabilidad se determina con un sistema de diagramas de la OCS, a base de lo que ambas partes escriban en el informe. Escribe con calma y con datos exactos: el lugar, la hora, la dirección en que iba cada carro y lo que pasó. No admitas una infracción que no cometiste.
Fotos y testigos
- Toma fotos o video de los daños de los vehículos y del lugar, como recomienda la OCS para cualquier reclamación.
- Anota el nombre y la dirección de los testigos.
- Apunta la tablilla, la marca y el modelo del otro carro, y guarda todos los recibos, como el de la grúa.
Cómo reclamar los daños
- Avísale a tu aseguradora y permite que inspeccione el vehículo.
- Si el otro conductor tuvo la culpa, reclamas a la aseguradora del compulsorio de su carro, hasta $4,500 por accidente. Tienes un año desde el accidente.
- Si tienes una cubierta que protege tu carro, como Full Cover o Doble Interés, también puedes reclamarle a tu aseguradora, según los términos de tu póliza.
El Código de Seguros exige que la aseguradora resuelva la reclamación dentro de 90 días después de que se presente. Si sientes que no te atienden como debe ser, puedes acudir a la OCS.
Lo que cubre y lo que no cubre el compulsorio está en la guía del seguro compulsorio.
Si hay lesiones: la ACAA
Las lesiones en accidentes de tránsito las atiende la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA), que pagas con el marbete. Protege a conductores, pasajeros, peatones y ciclistas.
- Reclama dentro de 15 días calendario del accidente, con el número de querella. La copia certificada del informe de la Policía se entrega dentro de 60 días de la reclamación. En caso de muerte, el plazo es de 120 días.
- Dónde reclamar: en las oficinas regionales de la ACAA, por medio de un representante autorizado o en línea, en su página.
- Lo que cubre, según su folleto de 2025: servicios médicos hasta por 2 años, incapacidad del 50% del ingreso hasta $100 semanales, hasta $10,000 por desmembramiento, $10,000 por muerte a los dependientes y hasta $1,000 de gastos fúnebres.
- Exclusiones: entre otras, manejar en estado de embriaguez, sin licencia válida o con el marbete vencido.
Si no reclamas a tiempo, la ACAA puede denegar los beneficios, salvo que haya justa causa.
Cómo te ayudamos
Si eres cliente nuestro, escríbenos en cuanto puedas: te decimos qué documentos necesitas y te acompañamos en la reclamación con la aseguradora. Las gestiones de clientes están en la página de Clientes.
Y si después del susto quieres revisar tu protección, mira las opciones de seguro de auto.
Fuentes
- Ley 22-2000, Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, Capítulo IV (compilación de la OGP, revisada el 7 de septiembre de 2026)
- Oficina del Comisionado de Seguros: Seguro de Responsabilidad Obligatorio
- OCS, formulario Informe Amistoso de Accidente
- OCS, Regla LXXI del Reglamento del Código de Seguros
- OCS, Consejos útiles a los asegurados para la presentación de reclamaciones
- Código de Seguros de Puerto Rico, Artículo 27.162 (compilación de la OGP)
- Ley 111-2020 de la ACAA, Artículo 8 (compilación de la OGP)
- ACAA: información para lesionados
- ACAA, folleto de beneficios 2025
Información general, revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye la orientación legal. Lo que cubre tu póliza depende de sus términos y de la aseguradora.