Tu seguro de casa y los huracanes en Puerto Rico

En Puerto Rico la temporada de huracanes no es una sorpresa, pero el deducible sí lo es para mucha gente. Te explicamos cómo funciona, qué revisar antes de la temporada y qué hacer si tienes que reclamar.

En corto

  • El deducible de tormenta o huracán suele ser un por ciento del límite de tu póliza, no del valor de tu casa, y la póliza tiene que decir cuántos dólares representa.
  • Si lo pides, la aseguradora debe ofrecerte el deducible mínimo del Código de Seguros: 1% del límite para tormenta, salvo que la OCS le haya aprobado deducibles mayores.
  • Las inundaciones generalmente no están cubiertas: van en una póliza aparte, con 30 días de espera.
  • Cuando hay vigilancia o aviso de tormenta, las aseguradoras pueden restringir pólizas nuevas y cambios. Revisa tu seguro antes de la temporada.

El deducible de huracán

En las pólizas de propiedad, el deducible para tormenta (windstorm) suele ser un por ciento del límite de la póliza. La OCS lo explica con este ejemplo: con un límite de $250,000 y un deducible de 2%, te toca asumir $5,000 de la pérdida.

El Código de Seguros pone tres reglas:

  • Sobre el límite, no sobre el valor. El por ciento no puede calcularse sobre el valor de la propiedad, salvo que ese valor se haya acordado de antemano en la póliza.
  • En dólares. Si el deducible es un por ciento del límite, la póliza tiene que decir claramente cuántos dólares representa.
  • El deducible mínimo. Si lo pides, la aseguradora no puede negarse a ofrecerte un deducible de 1% del límite aplicable a tormenta, con un mínimo que no pase de $500. La excepción es que la OCS le haya aprobado ofrecer deducibles mayores, por un máximo de dos años cada vez. Esta regla no aplica a propiedades comerciales.

Un deducible más bajo suele subir la prima. Lo importante es que sepas cuánto te tocaría pagar a ti si un huracán daña tu casa, y que puedas cubrirlo.

Qué revisar antes de la temporada

La OCS recomienda, antes de que empiece la temporada:

  • Confirmar que tu póliza está activa y al día.
  • Revisar que los límites reflejen el costo actual de reconstruir o reponer tu propiedad, para evitar penalidades por coaseguro.
  • Conocer los deducibles que aplican a huracán, viento y otros riesgos.
  • Evaluar si necesitas seguro de inundación.
  • Hacer un inventario de tus pertenencias y tomar fotos y videos actualizados.
  • Guardar copias digitales de tus documentos y los teléfonos de tu aseguradora y de tu productor de seguros.

La OCS sugiere también preguntar por los seguros paramétricos, que pagan según la intensidad del evento.

Cuando se acerca una tormenta

Según la OCS, una vez se emite una vigilancia o un aviso de tormenta o huracán, las aseguradoras pueden restringir temporalmente las pólizas nuevas y los cambios a las cubiertas. Y la póliza de inundación del NFIP empieza a cubrir 30 días después de comprarla.

En resumen: lo que no hayas resuelto antes de la temporada, quizás no lo puedas resolver cuando ya viene la tormenta.

El agua: inundación no es lo mismo que viento

Las inundaciones generalmente están excluidas de las pólizas de propiedad. Si tu propiedad puede inundarse, necesitas una póliza aparte. Lo explicamos en la guía del seguro de inundación.

Después del huracán: cómo reclamar

  1. Notifica la reclamación lo antes posible, como recomienda la OCS.
  2. Documenta los daños con fotos y videos, y guarda los recibos de cualquier reparación de emergencia.
  3. Sigue los plazos de la aseguradora. El Código de Seguros le exige acusar recibo de tu reclamación dentro de 15 días y resolverla dentro de 90 días, o justificar la demora.

Otras protecciones que te da el Código de Seguros:

  • Tasación. Las pólizas de propiedad incluyen una cláusula de tasación que puedes usar, a tu opción, si no estás de acuerdo con la cantidad.
  • Reconsideración. Si pides que reconsideren la decisión por primera vez, la aseguradora tiene 30 días para resolverla.
  • Pagos adelantados. Después de una declaración de emergencia, la OCS puede ordenar pagos parciales de las partidas que no estén en controversia. Aceptarlos no te hace renunciar a lo demás.
  • Un año, como mínimo. Una póliza de propiedad no puede darte menos de un año desde el suceso para presentar una demanda.

Si sientes que no te atienden como debe ser, puedes acudir a la OCS.

Si vives en condominio

La póliza del condominio puede cubrir las áreas comunes, pero no necesariamente lo que hay dentro de tu apartamento. Lo explicamos en la guía del seguro HO-6.

Cómo te ayudamos

Revisamos contigo tu póliza antes de la temporada: los límites, el deducible de huracán en dólares y si te hace falta seguro de inundación. Y si ya eres cliente y tienes que reclamar, te acompañamos con la aseguradora. Mira las opciones de seguro de casa.

Fuentes

  1. Código de Seguros de Puerto Rico, Artículos 11.150, 11.190, 27.081, 27.150, 27.162 y 27.166 (compilación de la OGP, revisada el 21 de agosto de 2026)
  2. Oficina del Comisionado de Seguros: temporada de huracanes
  3. OCS, mensaje a los ciudadanos para la temporada de huracanes (16 de junio de 2026)
  4. OCS, Guía después de una catástrofe
  5. OCS, Regla 47-A del Reglamento del Código de Seguros
  6. FEMA FloodSmart: adquiera una póliza

Información general, revisada el 20 de octubre de 2026. No sustituye la orientación legal. Lo que cubre tu póliza depende de sus términos y de la aseguradora.

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